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sábado, 29 de octubre de 2016

Tres visiones sobre Democracia

Tres visiones sobre Democracia
“Un pueblo democrático es capaz de soportarlo todo, menos la desigualdad”


Introducción
Baruch Spinoza (1632-1677), holandés sucesor de las ideas de Hobbe, pensaba en Estado en pequeño, cuyas ideas eran aplicadas a países como Holanda; aboga por el derecho natural igualitario de todos los hombres, incluidos los más débiles.  Jean-Jacques Rousseau (1712-1778) cuestiona el derecho natural como fundamento de las leyes existentes y se pronuncia por una tesis convencionalista, según la cual el orden social es un derecho que sirve de base a todos los demás y que no proviene en modo alguno de la naturaleza, sino que se encuentra fundamentado en las convenciones.
Ambos filósofos, a pesar de sus marcadas diferencias, tienen en común la forma política en la cual se desarrollan sus teorías: la democracia. Con Alexis, vizconde de Tocqueville (1805-1859) estas teorías son contrastadas con la realidad, bajo las premisas sobre la soberanía del pueblo como requisito indispensable de la democracia, la cual debe asentarse sobre la igualdad de condiciones, y todos los ciudadanos serán reconocidos institucionalmente como iguales, para mantener la libertad.

Spinoza
De acuerdo a Misari (2013), bajo el pensamiento spinoziano, los hombres en plena libertad deciden la creación del Estado a los fines de alcanzar un bienestar mayor.  No se trata de suprimir el derecho natural de los hombres, sino por el contrario a partir de ese derecho se construye un derecho político común. De esta manera una de las condiciones de permanencia del Estado, es la libertad individual, y la política que de este derive, no priva a los hombres de su verdadera naturaleza, ni les exige ningún sacrificio en contra de ella ya que para Spinoza la libertad es ser quien se es y no otra cosa.
El Estado bajo esta concepción debe crear las bases para que el hombre obre bien y para que esto ocurra deben primeramente pensar bien. Este camino casi ideal, se ve entorpecido por las pasiones de los hombres, entiéndase un ejemplo de ellos el deseo o la envidia, que le impide alcanzar la armonía y felicidad. En este sentido es mediante el determinismo de la razón y del pensamiento que se dominan las pasiones y el alma del hombre consigue el conocimiento de Dios.
Para Spinoza, entonces, el hombre transfiere a la colectividad sus derechos libremente, garantizando con esto la igualdad de derechos naturales con el fin de “vivir seguros y lo mejor posible”. Esta asociación general de todos los hombres es lo que el autor denomino Democracia; una democracia absoluta que requiere de los hombres obediencia total. El Estado tiene el deber de educar a los hombres para hacer posible que tengan un comportamiento racional.
Mucho se trata el tema de la contradicción entre esta coacción y la libertad absoluta; sin embargo, para Spinoza, este dilema se resuelve al señalar que no se trata de una obediencia bajo coacción, sino el consentimiento de los hombres de someterse a una poder que se encuentra en manos de todos y que actúa en el marco de leyes que son sancionadas en consenso general. La sociedad política es un instrumento y la democracia es un simple medio, aunque el mejor, para garantizar la libertad personal y para crear el marco de seguridad necesario para alcanzar la plenitud.
Los objetivos que persiguen los hombres sean de índole individual, se alcanzarán más fácilmente si cuentan con el respaldo, la comprensión y la complicidad de los otros pues “nada es más útil al hombre que el propio hombre”. La necesidad del estado surge precisamente de la incapacidad del individuo para alcanzar de manera aislada la “liberación ética”. Constituye el marco que permite trascender la irracionalidad (la “alineación generalizada” que impide el logro de la virtud) y establecer unas relaciones armónicas con los demás que no coarten nuestra potencia de obrar.


Rousseau
Rousseau se propone examinar el acto por el cual el pueblo se hace a sí mismo convirtiéndose en sujeto colectivo, mediante un nuevo pacto social. Atribuye a la nueva asociación la capacidad de integrar a los ciudadanos, constituyendo "el cuerpo social”. El pacto social se reduce a que cada uno pone en común su persona y todo su poder bajo la suprema dirección de la voluntad general y se recibe corporativamente a cada miembro como parte indivisible e inalienable del todo. (Villaverde, 2002)
La institución de un pueblo, la refundación de la sociedad, requiere "cambiar la naturaleza humana", transformar a cada individuo, en parte de un todo mayor, de tal manera que cada particular no se crea un entero, sino una parte de esa unidad. Existe una íntima articulación entre la libertad como condición humana esencial e irrenunciable y la legitimidad democrática.
Para Rousseau la democracia es la única forma de estado posible; como valor supremo merece dar la vida por ella. Contrasta con la visión individualista de Spinoza, esta perspectiva social en la que el individuo se subordina al todo y la actividad política es intrínseca a la naturaleza humana. No tiene reparos en sacrificar algunos de los derechos esenciales del hombre (vida, expresión, reunión) en nombre de lo que considera sagrados intereses de la comunidad.
El proyecto democrático de Rousseau no se reduce al campo político, requiere de una cultura democrática cimentada en una nueva educación y de una economía política adecuada. Rousseau no quiere reducir las diferentes dimensiones sociales a la política, puesto que posee una clara intuición del carácter integrado del fenómeno social. Si el pueblo promete simplemente obedecer, se disuelve en ese acto y pierde su calidad de pueblo. En el instante en que hay un amo ya no hay soberano, entonces el cuerpo político está destruido.
Distingue entre libertad natural y libertad social. La primera se refiere al instinto y al deseo la segunda a lo material. Se debe destacar que para Rousseau existe un estado natural que se convierte en un estado civil injusto y que se restaura en un estado legítimo mediante el contrato social.
En la medida en que la libertad natural no acepta restricciones y la igualdad natural no justifica ninguna relación de dominación entre las personas, de la misma manera, no cualquier asociación será la apropiada, para la humanidad. Y por esto considera Rousseau necesario que las personas libres e iguales consigan admitir tanto los valores esenciales de la existencia humana, obedeciendo la ley, como las autoridades que la organización social requiere para su funcionamiento.
Un orden que no atente contra estos principios se gestiona por medio del pacto social, mediante el cual, a cambio de la entrega incondicional de la libertad natural, las personas reciben en compensación “la libertad moral o civil: la única que convierte al hombre verdaderamente en amo de sí mismo”. La organización de esta nueva sociedad no puede establecerse sino se parte de una absoluta igualdad, tal igualdad es dada por la fórmula que Rousseau establece como cláusula fundamental del “pacto”.

Tocqueville
Filgueras (2009), establece que Tocqueville, a partir del análisis de la sociedad estadounidense caracterizada por la igualdad de condiciones guiada predominantemente por un “espíritu igualitario”, consideró la democracia un estado social, es decir, un conjunto de relaciones sociales del que derivan las costumbres, creencias, opiniones, e instituciones de un pueblo.
Bajo estas premisas, la libertad consiste en la ausencia de arbitrariedad y debe ser salvaguardada por las leyes para evitar que el poder absoluto se concentre en las manos de un solo hombre. Todos los hombres son fácilmente corruptibles para ejercer este poder, el cual debe estar en manos de todos.
La regla de las decisiones por la mayoría como son realizadas en las democracias modernas, lo que es el caso de la Constitución americana, hace que las minorías sean oprimidas por la mayoría en la medida en que los intereses de éstas tienen preferencia sobre los intereses de aquellas.
La decisión por la mayoría es el formato institucional de la democracia más utilizado, según Tocqueville, pero que en sociedades donde todos son iguales, resulta en la opresión de una minoría descontenta. Todos los ciudadanos, iguales en condiciones, tienen, pues, que someterse a la voluntad de la mayoría. El interés bien comprendido, según el autor, no es la dedicación grandiosa a las causas de la colectividad, sino los pequeños sacrificios que cada uno, asociativamente, hace para el bien de la colectividad, sin dejar de lado sus intereses privados y el gusto por los bienes materiales.
Tocqueville recalcó que la igualdad y la desigualdad son fenómenos sociales que se relacionan con la forma en que se concibe el rol de los individuos dentro de la sociedad, y que influyen en sus interacciones, asociaciones y divisiones. En cambio, la libertad y el despotismo son fenómenos políticos, que se refieren a la forma que los individuos le dan al sistema (leyes e instituciones) de su vida en común.
Además, es importante destacar que cuando pensamos en igualdad, no estamos pensando específicamente en libertad, porque la primera es un fenómeno social, y la segunda es un fenómeno político. Es decir, mientras la primera surge espontáneamente del conjunto de individuos que conforman la sociedad, la segunda se refiere a qué tan rigurosamente administra el órgano de gobierno empoderado por la sociedad. Por lo tanto, la democracia, pensada en su aspecto social, no necesariamente va acompañada de libertad política.
En este sentido la principal preocupación de Tocqueville es la disyuntiva que surge en las sociedades democráticas entre la libertad y la igualdad. Una nueva forma de despotismo, que será el resultado de la libre elección de los individuos obsesionados con la pasión por la igualdad amenaza a las sociedades democráticas.
Tocqueville consciente de esa amenaza defiende explícitamente la libertad política y se hace la pregunta por la pobreza. Las democracias industriales producirán una nueva forma de pobreza en la que los pobres serán más frágiles y menos visibles que antes. Los pobres no serán capaces de ejercer su libertad política y la exclusión se convertirá en fuente de conflicto y amenaza para la estabilidad de estas sociedades.

Conclusión 
Hurtado (2008) establece que existe una innegable relación entre la teoría y la práctica de las nociones que tienen que ver con la democracia, igualdad y libertad. Ideas que marcaron el rumbo político y social de hace por lo menos tres siglos atrás continúan en plena vigencia y sirven de fundamento a la caracterización actual de los procesos democráticos en el mundo occidental.
La democracia hace de la igualdad una condición para la libertad. Un pueblo democrático es capaz de soportarlo todo, menos la desigualdad. En este sentido, tiene fundamento la premisa que establece que un sistema democrático siempre será perfectible, por lo cual siempre será objeto de estudio y de análisis, y deberá ser una forma de gobierno que garantice el equilibrio entre quienes forman la mayoría y la minoría generándose un verdadero consenso que no suprima a las minorías, pues de suprimirlas violaría los derechos individuales de un grupo determinado.
Sin embargo, muchas son las críticas al uso indiscriminado de estos conceptos; sobre todo cuando se hacen para la defensa o ataque de determinada doctrina. Un ejemplo de ello se encuentra en que a pesar de la idea de igualdad sin exclusión, de la cual se engalanan todas las teorías, el papel de la mujer sigue siendo el de “gobernadas” por su debilidad.
¿Somos realmente iguales si no tenemos acceso a las mismas oportunidades? ¿Somos realmente libres si tenemos medios de comunicación que influyen en la forma en que pensamos y actuamos? ¿Somos realmente democráticos si no tenemos los mismos derechos?
En las Ciencias Sociales siempre se debe recalcar la importancia del contexto donde determinada teoría tuvo su origen y a quienes estaba representando para de esta manera determinar su validez y aplicabilidad de manera generalizada. La ciencia, y con ellas la teorías que le sirven de sustento, no es neutral y por lo tanto se debe revisar los grupos de interés que le sirvieron de fundamento.  

Referencias Bibliográficas
Filgueras, F. (2009). Montesquieu, Tocqueville y la corrupción de la República. Disponible: http://www.scielo.org.ve/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1315-62682009000200008
Hurtado, R. (2008). Tres visiones sobre la democracia. Disponible: http://serbal.pntic.mec.es/~cmunoz11/simo56.pdf
Misari, D. (2013). Breve análisis del pensamiento filosófico de Baruch Spinoza. Disponible:http://www.academia.edu/4985068/Breve_an%C3%A1lisis_del_pensamiento_filos%C3%B3fico_de_Baruch_Spinoza

Villaverde, M. (2002): Spinoza, Rousseau: dos concepciones de democracia. Disponible: http://pendientedemigracion.ucm.es/info/villaverd/componentes/ARTICULOS/articulo_25.pdf


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